Factura electrónica obligatoria: a quién y desde cuándo
En 30 segundos: sí, va a ser obligatoria, pero todavía no lo es. La norma está aprobada y los plazos están escritos; lo que falta es el disparo de salida: una orden ministerial que aún no se ha publicado. Dos cosas que conviene tener claras desde ya: te alcanza solo en lo que facturas a otras empresas y autónomos (lo de los clientes particulares queda fuera), y cuando arranque, los autónomos tenéis veinticuatro meses. Y no, no es VeriFactu.
¿Es obligatoria ya la factura electrónica?
Vamos con la respuesta corta, que es la que casi nadie te da entera: está aprobada, pero todavía no es exigible.
La obligación nace de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas —la que todo el mundo llama «Crea y Crece»— y se desarrolla en un reglamento propio, el Real Decreto 238/2026, que está en vigor desde abril de 2026. Hasta ahí, todo hecho: el sistema está diseñado y los plazos están escritos.
Lo que falta es que alguien dé la salida. Y esa salida tiene nombre concreto: la orden ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria —el sitio gratuito por el que podrán pasar las facturas de quien no quiera contratar una plataforma privada—. Cuando esto se escribe, esa orden no está publicada en el BOE.
Por eso, si has buscado «desde cuándo» y has encontrado cinco fechas distintas, no es que la información sea mala: es que la fecha todavía no existe. Lo que sí existe, y es lo útil, es el mecanismo. Vamos con él.
¿A quién le toca? El filtro que casi todos fallan
Aquí está el punto donde más gente se lleva un susto innecesario, así que conviene decirlo claro: esta obligación es solo entre empresas y profesionales. En la jerga, B2B.
Dicho en tu día a día: te alcanza la factura que le haces a otra empresa o a otro autónomo. Y no te alcanza la que le haces a un cliente particular, por mucho que factures. Si tu trabajo es de cara al público —arreglos en casas, un bar, una peluquería, consulta a particulares—, esa parte de tu facturación se queda fuera de esta norma.
Ojo a la consecuencia práctica, porque es la que importa: mucha gente está en los dos lados. El fontanero que arregla el termo de una vecina por la mañana y le pasa factura a una constructora por la tarde tiene una operación fuera y otra dentro. No es un problema —tu programa lo lleva—, pero explica por qué la respuesta a «¿a mí me toca?» casi nunca es un sí o un no limpio.
¿Desde cuándo? El reloj que aún no ha arrancado
Esta es la parte que merece que te la cuenten despacio, porque es donde se generan casi todos los titulares confusos.
El reglamento no fija fechas de calendario. Fija plazos que empiezan a contar desde que entre en vigor esa orden ministerial. Es decir: el día que la orden se publique y entre en vigor, se pone en marcha una cuenta atrás que ya está escrita:
- A los 12 meses: las empresas que facturan más de 8 millones de euros al año. Durante su primer año, además, tendrán que acompañar la factura electrónica de un PDF para el cliente que aún no esté adaptado.
- A los 24 meses: todos los demás, autónomos incluidos. Este es tu grupo.
- A los 36 meses: la obligación de informar de los estados de la factura (si se aceptó, si se pagó) alcanza también a las personas físicas.
Léelo otra vez y fíjate en lo que significa: cuando por fin salga la orden, a un autónomo le quedarán dos años por delante. Esta no es una obligación que te vaya a pillar el mes que viene ni el año que viene.
¿Y esto no era VeriFactu?
No, y es la confusión más repetida del año —también en prensa—, así que vale la pena separarlas en dos líneas:
- VeriFactu va del programa con el que emites y del registro que se genera y se manda a Hacienda. Mira hacia la Agencia Tributaria.
- La factura electrónica va del formato en el que la factura viaja hasta tu cliente, y de que quede constancia de cuándo se envió y cuándo se pagó. Mira hacia tu cliente.
Son dos obligaciones distintas, con normas distintas y calendarios distintos, y pueden tocarte las dos. Si quieres la comparación entera, con ejemplos, la tienes en VeriFactu y factura electrónica: no son lo mismo.
Un matiz que evita disgustos: que la factura electrónica no te toque todavía no significa que VeriFactu tampoco. Van por libre, y la de VeriFactu llega antes — sus fechas están en la guía de VeriFactu.
¿Qué puedes hacer hoy?
Poco, y esa es la buena noticia. Pero «poco» no es «nada»:
No contrates nada con prisa. Si alguien te llama diciendo que la factura electrónica «entra en vigor ya» y que necesitas su plataforma para el mes que viene, ya sabes lo suficiente para responderle: cuando arranque el reloj, tendrás dos años.
Ten localizado quién es empresa entre tus clientes. No hace falta que hagas nada con esa lista: solo saber qué parte de tu facturación va a entrar cuando llegue el momento.
Y vigila una sola cosa: la publicación de esa orden. Es el único dato que convierte todo esto en fechas de verdad. Cuando salga, actualizaremos esta página con las fechas exactas.
Preguntas rápidas
¿Entonces en 2026 no tengo que hacer nada de factura electrónica? Para esta obligación B2B, no. Otra cosa es que ya trabajes con empresas que te la pidan por su cuenta, o que factures a una Administración pública, donde la factura electrónica lleva obligatoria años.
¿Tendré que pagar una plataforma? No necesariamente: el propio reglamento prevé una solución pública gratuita de la Agencia Tributaria, y también podrás usar plataformas privadas o una combinación de las dos. Justo esa solución pública es lo que regula la orden que falta.
¿Y los tickets a clientes de la calle? Fuera de esta obligación. Las facturas simplificadas que no llevan los datos del cliente no entran en el sistema de factura electrónica entre empresas.
¿Por qué tarda tanto? Porque la parte difícil no es la norma: es montar la infraestructura por la que van a circular las facturas de todo un país. Que se tomen su tiempo con eso, mirándolo bien, no es mala señal.
Cuando llegue, no tendrás que aprender nada nuevo: Deva está hecha para que la parte técnica la ponga el programa y tú solo factures. Hazte Pionero.