Fiscalidad

Modelo 130: el pago fraccionado del IRPF

Mesa con facturas y papeles acumulados
Suena a lío, pero es tu propio IRPF pagado a plazos.

En 30 segundos: El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF: cada trimestre le adelantas a Hacienda una parte del impuesto de la renta sobre lo que llevas ganado. No es un impuesto nuevo, es tu propio IRPF pagado a plazos —luego se ajusta todo en la declaración de la renta—. La cuenta es el 20 % de tus ganancias acumuladas del año (ingresos menos gastos), menos lo que ya pagaste antes. Vence el mismo día que el 303: el 20 de abril, julio y octubre, y el 30 de enero. Y hay quien no tiene que presentarlo: si eres profesional y tus clientes ya te retienen, probablemente estés fuera.

¿Qué es el modelo 130 y por qué lo pagas cada trimestre?

Vamos a quitarle el susto de encima. El modelo 130 no es una multa ni un impuesto que te acaban de inventar: es la forma que tiene Hacienda de cobrarte el IRPF poco a poco, en vez de todo de golpe en la declaración de la renta.

Piénsalo así. Cuando eres asalariado, tu empresa te va quitando un trocito de IRPF de cada nómina: cuando llega la renta, ya tienes casi todo pagado. El autónomo no tiene a nadie que le haga eso, así que se lo hace a sí mismo: cada trimestre adelanta una parte con el 130. Es un pago a cuenta, igual que la retención que ves en algunas facturas — dinero tuyo que va por delante y que se descuenta después.

Por eso, lo que pagas con el 130 no se pierde ni se paga dos veces. En la declaración de la renta se suma todo lo que adelantaste durante el año, y ahí se hace la cuenta final: si adelantaste de más, te devuelven; si te quedaste corto, pagas la diferencia. El 130 solo cambia el ritmo, no el total. Para hacerte una idea de esa cuenta final —cuánto IRPF te sale al año según lo que ganas—, tienes la calculadora de IRPF del autónomo.

¿Te toca a ti presentarlo?

Aquí está la parte que más confunde, porque no todos los autónomos presentan el 130. Depende del tipo de actividad y de si te retienen.

La regla, en llano:

  • Si eres un oficio o un comercio (fontanero, electricista, una tienda, hostelería… lo que Hacienda llama actividad empresarial): normalmente sí te toca el 130. Tus facturas no llevan retención, así que nadie está adelantando ese IRPF por ti — lo haces tú cada trimestre.
  • Si eres profesional (diseñador, traductor, abogado, arquitecto…) y al menos el 70 % de tus ingresos del año pasado llevaron retención, lo normal es que NO tengas que presentar el 130: esas retenciones ya hacen de adelanto por ti. Es la exoneración más habitual, y por eso muchos profesionales que facturan sobre todo a empresas nunca ven este modelo.
  • Si tributas por módulos (estimación objetiva): tu pago fraccionado va por otro modelo, el 131. Esta guía es para quien está en estimación directa, que es lo más común. (Y si lo que te preguntas es si VeriFactu te toca estando en módulos: sí, y aquí el porqué.)

¿En qué punto estás tú? Si tienes dudas de si te toca o no, es una pregunta de una vez para tu gestor al empezar, no de cada trimestre.

La cuenta: el 20 % de lo que llevas ganado en el año

Vamos con un ejemplo, que se ve mucho mejor.

Nacho hace pequeñas reformas en Gijón. Es actividad empresarial, así que sus facturas no llevan retención y le toca el 130. Su año va así:

En el primer trimestre (enero a marzo) facturó 9.000 € —sin contar el IVA, que ese va por su lado en el 303— y tuvo 3.000 € de gastos de su negocio, también sin IVA (material, gasolina, herramienta…). Su ganancia —lo que Hacienda llama rendimiento neto— fue de 6.000 €. El 130 del primer trimestre es el 20 % de esos 6.000 €: 1.200 €, que Nacho ya pagó en abril.

Llega el segundo trimestre (abril a junio) y facturó otros 9.000 € con otros 3.000 € de gastos. Ahora viene el detalle importante: el 130 no va trimestre a trimestre suelto, va sobre el acumulado del año. Así que Nacho suma todo lo del año hasta junio:

  • Ingresos de enero a junio: 18.000 €
  • Gastos de enero a junio: 6.000 €
  • Ganancia acumulada: 12.000 €
  • El 20 %: 2.400 €
  • Menos lo que ya pagó en el primer trimestre: −1.200 €
  • A pagar en este 130 (el que vence el 20 de julio): 1.200 €

Ese descuento de lo ya pagado es la clave para que no te asustes con la cifra grande: sí, la cuenta se hace sobre 12.000 €, pero de ahí se resta lo que ya adelantaste. Cada trimestre se recalcula sobre el total del año, y por eso el importe puede subir o bajar según cómo te vaya yendo.

Un apunte para profesionales que sí presentan el 130: si en tus facturas te han practicado retención, esas retenciones también se restan de la cuenta, igual que los pagos anteriores. Son otro adelanto que ya hiciste.

Y un descuento que mucha gente se deja: si el año pasado tu ganancia fue de 12.000 € o menos, Hacienda te deja restar entre 25 y 100 € en cada trimestre (los 100 € completos si fue de 9.000 € o menos). No sale solo: hay que ponerlo en su casilla. Si estás empezando o vienes de un año flojo, pregúntaselo a tu gestor — son hasta 400 € al año que si no, pagas de más.

¿Y si un trimestre sale a cero o negativo?

Puede pasar: un trimestre con muchos gastos, o flojo de ingresos, en el que la cuenta te dé cero o incluso negativo. En ese caso no pagas nada ese trimestre, pero —si estás obligado a presentar el 130— lo presentas igual. Es un trámite corto, pero conviene no saltárselo.

Y ojo con esto, que es dinero: si te sale negativo, no lo dejes en cero. Se marca como tal, y así puedes restarlo en los trimestres siguientes del mismo año. Si lo dejas a cero, ese saldo a tu favor se pierde.

¿Cuándo se presenta? Los mismos plazos que el 303

El 130 comparte calendario con la declaración del IVA, así que si ya llevas el 303, no tienes que aprenderte fechas nuevas:

TrimestreMesesSe presenta
enero · febrero · marzodel 1 al 20 de abril
abril · mayo · juniodel 1 al 20 de julio
julio · agosto · septiembredel 1 al 20 de octubre
octubre · noviembre · diciembredel 1 al 30 de enero

Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo pasa al siguiente día hábil. Y si quieres domiciliar el pago, cierra unos cinco días antes: en el segundo trimestre, por ejemplo, la domiciliación acaba el 15 de julio y la presentación el 20 de julio.

Que caiga el mismo día que el 303 despista a muchos: son dos cosas distintas que vencen a la vez. El 303 es el IVA; el 130 es tu IRPF por adelantado. Si te tocan los dos, ese día haces las dos cosas. Lo tienes en la guía del modelo 303 si quieres repasar el otro.

Cómo llegar al día 20 sin agobios

No hay truco, hay orden. Tres ideas que ahorran el mal rato:

  1. Ten las cuentas del trimestre hechas antes del día 10. Presentar con calma el día 12 no tiene nada que ver con pelearte con las facturas la última noche.
  2. Aparta el dinero según entra, no cuando llega el pago. Como el 130 es un porcentaje de lo que ganas, si guardas un poco de cada cobro, el día 20 no te pilla sin liquidez. Aquí te contamos cuánto conviene apartar cada mes.
  3. No te olvides de los gastos. Cada gasto de tu actividad, bien justificado con su factura, baja tu ganancia — y por tanto baja lo que pagas de 130. Ojo, que no todos cuentan al 100 %: la furgoneta o la parte de casa que usas para trabajar se deducen solo en parte. Llevarlos al día es dinero: y llevarlos al día es lo que hace la diferencia.

El 130 sin Deva y con Deva

Te lo contamos claro, porque para esto la hemos hecho.

Sin Deva, el 130 es otra cita a ciegas: llega julio, buscas cuánto facturaste, sumas los gastos que recuerdas, calculas un 20 % con la calculadora del móvil, intentas acordarte de lo que pagaste en abril… y cruzas los dedos. No es difícil — es que llegas sin los números delante.

Con Deva, la cuenta se va haciendo sola durante el trimestre. Cada factura que emites y cada ticket de gasto que escaneas con la cámara van actualizando tu rendimiento del año, así que en cualquier momento sabes por dónde va tu 130. La hucha fiscal te dice cuánto apartar cada mes para no llegar pelado al día 20, y el calendario fiscal te avisa de cada plazo con margen. Cuando toca, tienes los números listos para ti o para tu gestor.

Lo decimos sin letra pequeña: Deva no presenta el 130 por ti — eso se hace en la sede de la Agencia Tributaria, o lo hace tu gestor. Lo que cambia es que llegas al día 20 con la cuenta hecha, no buscándola.

Estamos abriendo el programa Pioneros: los 100 primeros autónomos usan Deva gratis hasta el 30 de junio de 2027. Apúntate aquí y llega al próximo trimestre con los números hechos.

Preguntas rápidas

¿El modelo 130 es un impuesto aparte? No. Es tu propio IRPF pagado a plazos: lo que adelantas cada trimestre se descuenta en la declaración de la renta.

¿Todos los autónomos lo presentan? No. Los oficios y comercios (actividad empresarial) normalmente sí; los profesionales cuyas facturas llevan retención en su mayoría suelen estar exonerados; y quien va por módulos usa el modelo 131.

¿Cuánto se paga? El 20 % de tu ganancia acumulada del año (ingresos menos gastos), menos lo que ya pagaste en trimestres anteriores y las retenciones que te hayan practicado.

¿Y si este trimestre no gano o pierdo? Si estás obligado, lo presentas igual y no pagas nada ese trimestre. Y si te sale negativo, márcalo como tal en vez de dejarlo en cero: así puedes restarlo en los trimestres siguientes del mismo año.

¿Cuándo vence? Del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero. Con domiciliación, unos cinco días antes.


El otro pago que vence el mismo día es el IVA: si quieres repasarlo, aquí tienes la guía del modelo 303.

La cuenta del modelo 130: se calcula el 20 % del rendimiento neto acumulado del año (ingresos menos gastos desde enero) y se resta lo ya pagado en trimestres anteriores. En el ejemplo, el 20 % de 12.000 euros da 2.400, menos los 1.200 pagados en el primer trimestre, quedan 1.200 euros a pagar en el segundo trimestre
El 130 va sobre lo acumulado del año, y descuenta lo que ya pagaste.

Preguntas frecuentes

Es el pago fraccionado del IRPF: cada trimestre adelantas a Hacienda una parte del impuesto de la renta sobre lo que llevas ganado en el año. No es un impuesto nuevo; es tu propio IRPF pagado a plazos, que luego se ajusta en la declaración de la renta.