Fiscalidad

¿Los psicólogos llevan IVA en la factura?

Sesión de terapia en una consulta tranquila
La terapia con fin sanitario suele ir sin IVA. Pero no todo lo que hace un psicólogo es terapia.

En 30 segundos: Depende de qué hagas. La terapia con fin sanitario —diagnóstico, prevención o tratamiento de la salud— normalmente va exenta de IVA: la factura no añade el 21 %. Pero el coaching, la psicología de empresa, los peritajes o la formación llevan el 21 % como cualquier servicio. La clave: el título por sí solo no exime — siendo profesional sanitario, lo que decide cada factura es qué servicio prestas y para qué. Si tu caso no es un tratamiento claro, confírmalo antes de facturar.

¿Los psicólogos llevan IVA en la factura?

Depende de qué hagas. La ley del IVA deja exentos los servicios de asistencia sanitaria a personas —los que tienen una finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento de una enfermedad— cuando los presta un profesional sanitario. La psicología clínica y la terapia entran normalmente ahí: si tu trabajo es tratar la salud mental de un paciente, esa sesión suele ir sin IVA.

Traducido: la factura de una terapia no añade el 21 %. Cobras tus 60 € de sesión y son 60 €, sin nada encima.

Pero aquí viene la letra pequeña, y es importante: el título, por sí solo, no exime. La exención pide dos cosas a la vez: que seas profesional sanitario (psicólogo habilitado como sanitario o clínico) y que ese servicio concreto tenga finalidad sanitaria. Ser psicólogo no exime automáticamente todo lo que factures: exime la asistencia sanitaria; lo demás, no. Es exactamente la misma regla que rige la factura del fisioterapeuta: el título más la finalidad, las dos a la vez.

Entonces, ¿cuándo SÍ llevo el 21 %?

Cuando el servicio no es tratamiento de salud. Estos casos suelen llevar IVA normal:

  • Coaching, desarrollo personal o mentoring que no tratan una patología.
  • Psicología de empresa y RRHH: selección, formación a plantillas, clima laboral.
  • Peritajes e informes que sirven para que otro decida: una pericial para un juicio, un dictamen de aptitud para un seguro. Ojo con la trampa: lo que decide no es quién te paga, sino para qué sirve lo que haces. Si lo que haces sigue siendo cuidar la salud de esa persona —aunque el que pague sea su empresa o su mutua—, sigue siendo asistencia sanitaria y sigue exento.
  • Cursos, charlas y talleres (como norma general — la enseñanza de materias regladas es caso aparte).
  • Psicología del deporte enfocada al rendimiento (no a tratar una lesión o un trastorno).

En todos ellos, tu factura lleva su 21 % como la de cualquier otro servicio profesional.

La frontera: no es tu título, es qué haces y para qué

Siendo profesional sanitario, la pregunta que decide cada factura no es “¿soy psicólogo?”, sino “¿este servicio tiene una finalidad sanitaria —diagnosticar, prevenir o tratar—?”. Si la respuesta es sí, exento; si es no, 21 %.

Por eso dos facturas del mismo psicólogo pueden ir distintas: la terapia con un paciente, exenta; el taller de gestión del estrés que da en una empresa, con 21 %. No te lo estás inventando ni haciendo trampa: el título no cambia, la finalidad sí.

Y ojo con el atajo fácil: quien te paga no decide nada. Que la factura vaya a nombre de una empresa no convierte en 21 % lo que era terapia. Lo que manda es para qué sirve el servicio.

Si tu caso no es un tratamiento claro —estás entre la terapia y el coaching, o mezclas las dos cosas—, esa es justo la duda que conviene resolver con tu gestor antes de emitir, no después. Y si cobras la terapia por paquetes, mira además cómo facturar bonos de sesiones.

Una última cosa, porque se mezcla mucho: que tus sesiones vayan exentas no te libra de VeriFactu. Son dos preguntas distintas —una es qué IVA llevas, otra cómo queda sellada la factura—, y la segunda te obliga igual aunque no cobres ni un euro de IVA. Lo cuento entero en VeriFactu para médicos y clínicas privadas, que va de esto mismo.

El texto que pones en tu factura

Cuando la sesión va exenta, en la factura no pones una línea de IVA con su porcentaje: haces constar que la operación está exenta. Algo así:

Concepto: Sesión de tratamiento psicológico.

Base: 60,00 € IVA: operación exenta Total: 60,00 €

Y si lo que facturas lleva el 21 % —un taller, un peritaje—, la factura cambia en dos sitios, no en uno. El primero lo esperas: aparece la línea de IVA. El segundo casi nadie te lo cuenta: como lo tuyo es una profesión y quien te paga es una empresa, esa factura además lleva retención de IRPF. No es un descuento ni un impuesto nuevo: es un adelanto de tu renta que ingresa Hacienda por ti quien te paga, y que luego te encuentras descontado en la declaración. A un paciente particular no se le retiene nunca; a una empresa, siempre.

Concepto: Informe pericial psicológico.

Base: 200,00 € IVA (21 %): 42,00 € Retención IRPF (15 %): −30,00 € Total a cobrar: 212,00 €

Los 30 € no los pierdes: los tienes adelantados.

Preguntas rápidas

¿La terapia psicológica lleva IVA? Normalmente no: si es asistencia sanitaria (tratamiento de la salud), suele ir exenta. Confírmalo para tu caso concreto —en el buscador de epígrafe del IAE ves el del psicólogo y por qué su IVA depende de lo que hagas.

¿Y el coaching o la psicología de empresa? Sí, el 21 %: no son tratamiento sanitario.

¿Depende de mi título o de lo que hago? De las dos cosas: hay que ser profesional sanitario y que el servicio tenga finalidad sanitaria. Por eso el mismo psicólogo puede tener facturas exentas y facturas con IVA.

¿Cómo lo pongo en la factura exenta? Sin línea de porcentaje: haces constar que la operación está exenta y el total no lleva IVA añadido.

¿Me retienen IRPF? A tus pacientes particulares, nunca. Pero cuando le facturas a una empresa —un peritaje para un despacho, un taller para una plantilla—, esa factura lleva retención del 15 %, porque lo tuyo es una profesión.


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Siendo profesional sanitario, la pregunta que decide si un psicólogo pone IVA es si el servicio tiene una finalidad sanitaria (diagnóstico, prevención o tratamiento). Si la tiene —terapia, tratamiento psicológico—, la factura va exenta de IVA. Si no la tiene —coaching, psicología de empresa, peritajes, cursos, rendimiento deportivo—, lleva el 21 %
Siendo sanitario, la pregunta no es «¿soy psicólogo?», sino «¿este servicio trata la salud?».

Preguntas frecuentes

Normalmente no. Si es asistencia sanitaria (un servicio con fin de diagnóstico, prevención o tratamiento de la salud), suele ir exenta de IVA, así que la factura no añade el 21 %. Conviene confirmar que tu servicio concreto entra en esa exención.