Hacienda anuncia que prevé aplazar VeriFactu a octubre de 2028: qué es firme y qué no
En 30 segundos: el 5 de octubre de 2026 Hacienda publicó una nota en la que dice que prevé aplazar la obligación de VeriFactu hasta octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica obligatoria de los autónomos y las empresas que facturan hasta 8 millones de euros al año. Todavía no es una norma. En el BOE, las fechas siguen siendo el 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades (sociedades, y también asociaciones y fundaciones) y el 1 de julio de 2027 para los autónomos. Hasta que el cambio se publique, esas son las que valen.
¿Qué ha dicho Hacienda exactamente?
Que le parece conveniente poner de acuerdo dos calendarios que hasta ahora iban cada uno por su lado: el de VeriFactu y el de la factura electrónica entre empresas. Y que, para eso, quiere aplazar las obligaciones de VeriFactu que todavía no se han empezado a exigir hasta octubre de 2028, que es cuando la factura electrónica será obligatoria para los autónomos y las empresas que facturan hasta 8 millones de euros al año.
Es una nota informativa del Ministerio, y su título empieza por la palabra «previsión». No da un día concreto ni dice con qué norma se va a hacer.
¿Está aprobado?
No. Lo hemos comprobado en el BOE el 20 de octubre de 2026: la disposición que fija las fechas de VeriFactu sigue diciendo 1 de enero de 2027 y 1 de julio de 2027, y no hay ninguna norma posterior que la cambie. La propia nota habla de lo que vendrá «una vez aprobada» esa alineación.
| Impuesto sobre Sociedades | Autónomos y el resto | |
|---|---|---|
| En vigor hoy (BOE) | 1 de enero de 2027 | 1 de julio de 2027 |
Anunciado por Hacienda: octubre de 2028 para «las obligaciones pendientes», sin distinguir entre unas y otros (sin día, sin norma).
¿Qué cambiaría y qué no?
Cambiaría la fecha desde la que estás obligado a facturar con un programa adaptado.
No cambiaría lo que ese programa tiene que hacer. La nota lo dice expresamente: las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas se mantendrán «en términos sustancialmente equivalentes» a los de ahora.
Y avisa de algo más: después de mover la fecha, Hacienda quiere hacer una segunda modificación para acercar VeriFactu a la factura electrónica y a las normas europeas que vienen. De esa segunda parte no hay nada escrito todavía.
¿Y la factura electrónica?
Esa sí tiene fecha en firme: desde el 6 de octubre de 2026 cuenta el plazo, y a los autónomos les obliga desde el 6 de octubre de 2028. Lo tienes en factura electrónica obligatoria: a quién y desde cuándo. Si el aplazamiento de VeriFactu se aprueba como está anunciado, las dos obligaciones te llegarían a la vez.
¿Qué haces tú mientras tanto?
No planifiques con 2028 como si fuera seguro. Hasta que salga en el BOE, tu fecha es la de 2027.
Si ya facturas con un programa adaptado, sigue igual. Usar VeriFactu antes de la fecha es voluntario, y nada de lo anunciado te obliga a deshacer lo que ya tienes.
No contrates ni canceles nada con prisa por un titular. Lo que decide es la norma, y todavía no existe.
Actualizaremos esta página el día que se publique.
Preguntas rápidas
¿Afecta igual a quien tributa por el Impuesto sobre Sociedades y a los autónomos? La nota habla de «las obligaciones pendientes» del reglamento, sin distinguir entre unas y otros. Se sabrá con la norma.
¿Y si al final no se aprueba, o se aprueba con otra fecha? Entonces vale lo que diga el BOE: hoy, las fechas de 2027. Por eso no conviene darlo por hecho.
¿Esto es lo mismo que la factura electrónica? No. Son dos obligaciones distintas; lo que Hacienda quiere es que empiecen a la vez. La diferencia, despacio, en VeriFactu y factura electrónica: no son lo mismo.
¿Quieres entender qué pide VeriFactu, llegue cuando llegue? Lo tienes sin jerga en la guía de VeriFactu.