Negocio

La cuesta de septiembre del autónomo: tu plan de tesorería

Autónomo tranquilo con un café, sin papeleo pendiente
La cuesta de septiembre no se sube con más horas. Se sube sabiendo lo que viene.

En 30 segundos: La cuesta de septiembre no la hace septiembre: la hace la suma. Vuelve el gasto fijo justo cuando llega la liquidación del trimestre, que se presenta del 1 al 20 de octubre. Y el detalle que pilla a más gente: el IVA que ingresas es el de lo facturado, se haya cobrado o no. Con eso ya se puede hacer un plan de cuatro pasos, y cabe en una libreta.

¿Por qué la cuesta de septiembre es la más dura del año para el autónomo?

Porque no es una cuesta: son dos, y llegan pegadas.

La primera es la del negocio. En julio y agosto muchos gremios facturan menos —los clientes están fuera, las obras paran, las consultas se vacían— pero el gasto fijo no se va de vacaciones. Y en septiembre vuelve todo a la vez: material, seguros, herramientas, el alquiler del local si lo tienes.

La segunda es la de los papeles. A los pocos días de arrancar el curso llega la liquidación del tercer trimestre, que recoge julio, agosto y septiembre. Es decir: te toca ingresar por unos meses flojos justo cuando estás reponiendo caja.

Ninguna de las dos es una sorpresa. Y ahí está la buena noticia: lo que se sabe de antemano se puede preparar. Esto no va de facturar más en septiembre. Va de llegar a octubre sabiendo el número.

Lo que llega de septiembre a enero, en orden

Antes del plan, el mapa. Estos son los mojones del último cuatrimestre:

Septiembre. Vuelve el gasto fijo del negocio. Y la cuota de autónomos: el recibo llega igual factures o no ese mes, porque estar de alta y facturar son dos cosas distintas. Si vienes de un agosto flojo, ese contraste es la mitad de la sensación de cuesta —lo desmenuzamos en su día al hablar de la cuota de autónomos en vacaciones.

Del 1 al 20 de octubre. Se presenta el tercer trimestre del modelo 303, el del IVA. Si el último día cayera en inhábil, se prorroga al hábil siguiente. Y si domicilias el pago, tu ventana real termina unos días antes: la domiciliación se cierra alrededor de cinco días naturales antes del fin de plazo, así que no la dejes para el día 19.

Noviembre y diciembre. No hay presentación, pero el cuarto trimestre se está formando ahora: cada factura que emites estos dos meses (y en octubre) entra en la liquidación de enero. Es el mejor momento del año para no despistarse, porque es cuando parece que no pasa nada.

Del 1 al 30 de enero. Se presenta el cuarto trimestre del 303. Y le acompaña el modelo 390, el resumen anual del IVA, salvo si estás exonerado de presentarlo.

Un aviso para que este mapa no se lea como más de lo que es: esto es el esqueleto del cuatrimestre, no la lista completa de tus obligaciones. Las tuyas concretas dependen de lo que declaraste en tu alta.

Y una pieza más que va en la misma libreta: si presentas modelo 130 —el pago fraccionado del IRPF de quien está en estimación directa—, ese es el otro recibo trimestral que llevas encima, y va en la misma ventana que el 303: en octubre, del 1 al 20. Si no tienes claro si te toca a ti, aquí está contado qué es el 130 y a quién le aplica.

El detalle que descoloca a más gente: facturado no es cobrado

Este es el que conviene entender bien, porque es el que rompe los planes.

El 303 se declara por devengo. Traducido: el IVA que declaras es el de lo que has facturado en el trimestre, se haya cobrado o no. Si emitiste una factura el 28 de septiembre y te la pagan en noviembre, ese IVA es del tercer trimestre igual, y se ingresa en octubre.

O sea, que puedes acabar adelantando de tu bolsillo el IVA de un dinero que todavía no ha entrado. No es un fallo del sistema ni una trampa: es cómo funciona. Pero cambia por completo la cuenta que tienes que hacer, porque el número que importa para octubre no sale del extracto del banco: sale de tus facturas emitidas.

Por eso el primer paso del plan no es apretarse el cinturón. Es mirar la lista.

El plan, en cuatro pasos

1. Cuenta lo que ya has facturado en julio, agosto y septiembre

No lo cobrado: lo facturado. Suma el IVA que has repercutido en esas facturas y guárdate ese número. Es la primera mitad de tu cuenta.

2. Resta el IVA de tus gastos

El IVA que has pagado en gastos afectos a la actividad y con factura se deduce. Ojo con la palabra factura: un ticket normal no da derecho a deducir. Para deducir hace falta una factura completa, o una simplificada que lleve tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA por separado.

Esa resta —IVA repercutido menos IVA deducible— es, a grandes rasgos, lo que sale a ingresar.

3. Apártalo ya, no en octubre

Aquí es donde la tesorería se gana o se pierde. Si el número del paso 2 te sale, pongamos, en 900 €, eso no es dinero tuyo: es dinero que estás guardando. Sacarlo de la cuenta operativa en cuanto lo sabes es la diferencia entre un octubre normal y un octubre malo. Si quieres el método completo de la hucha, aquí está cuánto apartar cada mes.

4. Pon las fechas en el calendario, con aviso

Las dos que no se mueven: 20 de octubre y 30 de enero. Y si domicilias, adelanta el aviso unos días. Una alarma en el móvil es más barata que un recargo.

Un ejemplo con números

Manolo es fontanero y trabaja para comunidades y comercios. Este trimestre todas sus facturas han ido al 21 %. (Qué tipo lleva cada trabajo es otra conversación, y la tienes en el IVA de las reformas.)

Lo que ha facturado:

MesBaseIVA (21 %)Total factura
Julio2.400 €504 €2.904 €
Agosto900 €189 €1.089 €
Septiembre3.100 €651 €3.751 €
Total 3T6.400 €1.344 €7.744 €

En gastos con factura (material, gasóleo, herramienta) ha soportado 1.800 € de base, o sea 378 € de IVA deducible.

Su cuenta del trimestre:

1.344 € de IVA repercutido − 378 € de IVA deducible = 966 € a ingresar del 1 al 20 de octubre.

Y el detalle de tesorería, que es el motivo de todo el artículo: la factura de septiembre, 3.751 €, sigue sin cobrar. Sus 651 € de IVA se ingresan igual. Si Manolo hubiera hecho la cuenta mirando el banco, le faltarían justo esos 651 € en octubre.

(Manolo es fontanero, actividad empresarial, así que sus facturas no llevan retención de IRPF. Si las tuyas la llevan, la cuenta cambia de forma; lo tienes justo abajo.)

¿Y si llega el 20 de octubre y no tengo el dinero?

Primero, lo importante: presenta igual. No presentar es un problema distinto y peor que no pagar.

Y hay un camino previsto: al presentar la autoliquidación puedes solicitar un aplazamiento, sin necesidad de aportar garantías hasta 50.000 €. Solicitarlo no es tenerlo concedido —lo decide Hacienda, no tú— pero es un procedimiento normal, no una señal de alarma.

También conviene saber que el resultado del trimestre no siempre es a ingresar. Si te sale negativo, queda a compensar en los trimestres siguientes; la devolución, por norma general, se pide en el cuarto trimestre.

Y si acabas de volver y no sabes por dónde empezar, esta cuenta es el bloque tres de la checklist de la vuelta de vacaciones: antes van lo que te deben y lo que te quedó sin facturar.

Preguntas rápidas

¿Y si mis facturas llevan retención de IRPF? Entonces parte de tu IRPF ya lo está adelantando tu cliente por ti. Esa retención solo aparece si haces una actividad profesional (sección 2ª del IAE) y además tu cliente es una empresa u otro autónomo: a un particular no se le retiene nunca, y las actividades empresariales —oficios, comercio, hostelería— no la practican. No es un impuesto aparte ni un descuento: es un adelanto a cuenta de tu IRPF, así que no cambia lo que pagas al año, cambia el ritmo. Aquí está desarrollado: ¿mi factura lleva retención de IRPF?.

¿Y si este trimestre no he facturado nada? El 303 se presenta igual, marcando la casilla de sin actividad. No presentarlo puede acarrear un aviso o una sanción, y es de las cosas más fáciles de evitar del año.

¿Puedo presentarlo en papel? No: el 303 va solo por vía electrónica. Si eres persona física con periodo trimestral, puedes usar Cl@ve además del certificado o el DNIe.

¿Sirve de algo hacer esto en septiembre y no en octubre? Sirve para todo. En octubre solo puedes pagar lo que salga; en septiembre todavía puedes decidir cuándo emites, cuándo compras el material grande y cuánto apartas cada semana.


Tú a lo tuyo. De los papeles se encarga Deva. Conoce a Deva.

Los cuatro meses que van de septiembre a enero, dibujados como cuatro hojas de un calendario de pared. Hoja de septiembre: vuelve el gasto fijo del negocio, y el recibo de la cuota de autónomos llega igual factures o no ese mes. Hoja de octubre, del 1 al 20: se presenta el tercer trimestre del modelo 303, y el IVA que se declara es el de lo facturado en julio, agosto y septiembre, se haya cobrado o no. Hoja de noviembre y diciembre: no se presenta nada, pero el cuarto trimestre se está formando ahora, porque cada factura de estos meses entra ahí. Hoja de enero, del 1 al 30: se presenta el cuarto trimestre del 303, y le acompaña el modelo 390 salvo para quien esté exonerado. Al pie, la nota de uso: esto es el esqueleto del cuatrimestre, no la lista completa de obligaciones; las tuyas concretas las marca tu alta.
Las fechas no se mueven. Los importes los pones tú, y por eso se pueden preparar.

Preguntas frecuentes

Porque en pocas semanas se juntan dos cosas: el gasto fijo del negocio vuelve a su ritmo normal después de un verano flojo, y encima llega la liquidación del tercer trimestre, que se presenta del 1 al 20 de octubre. No es que septiembre sea más caro: es que se acumula.